• Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Social
  • Municipio: Barcelona
  • Ponente: MIQUEL ANGEL FALGUERA BARO
  • Nº Recurso: 2006/2023
  • Fecha: 30/10/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
  • Tipo Órgano: Audiencia Nacional. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: EUGENIO FRIAS MARTINEZ
  • Nº Recurso: 862/2021
  • Fecha: 29/10/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: DENEGACION RECONOCIMIENTO CONDICION REFUGIADO
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Social
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: IGNACIO MORENO GONZALEZ-ALLER
  • Nº Recurso: 289/2023
  • Fecha: 27/10/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Se recurre una sentencia que desestima la pretensión de pensión de viudedad de quien convivió más de 20 años con su pareja fallecida, cuando había sido autorizado el matrimonio ante Notario por el Registro Civil Único de Madrid en fechas posteriores al 14 de marzo de 2020, en que se decretó el estado de alarma y confinamiento en España por motivo del COVID-19. La Sala estima el recurso con el argumento: "una interpretación tuitiva, flexible y finalista de las normas de Seguridad Social, acorde con la realidad social del tiempo en que han de ser aplicada la norma (art. 3.1 CC), y el recurso estimarse. Las resoluciones traídas a colación por el INSS no son parangonables con el caso de autos, dado que no se producen en un marco excepcional como es el generado por la pandemia; y sobre todo, que autorizado el matrimonio, no pudo celebrarse ante notario habida cuenta del confinamiento...".
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Social
  • Municipio: Burgos
  • Ponente: MARIA JESUS MARTIN ALVAREZ
  • Nº Recurso: 323/2023
  • Fecha: 27/10/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: REINTEGRO DE PRESTACIONES
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Social
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: SEBASTIAN MORALO GALLEGO
  • Nº Recurso: 2581/2022
  • Fecha: 27/10/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La cuestión a resolver es la de determinar si la decisión del Ministerio de Educación fechada el 12/12/17 de planificar el cumplimiento de la sentencia firme de conflicto colectivo relativa al reconocimiento de sexenios al profesorado de religión interrumpe la prescripción de las cantidades individualmente reclamadas. Tal decisión fue comunicada a los representantes sindicales en reunión celebrada en la misma fecha y en ella el Ministerio hizo constar que, dado el número de solicitudes de sexenios y el tiempo medio estimado para la resolución, se consideraba que las mismas no iban a poder resolverse hasta pasados 16 meses. La Sala IV reitera la doctrina conforme a la cual resulta de aplicación la doctrina de los actos propios, mediante la cual se limita la actuación de quien ha creado una situación concluyente que induce a confiar en que la solicitud va a ser resuelta en un determinado momento, por lo que aquel está obligado a respetarla. El proceder del Ministerio, en orden a valorar la existencia de prescripción de la acción, es una manifestación de voluntad de la deudora de mantener activa la reclamación extrajudicial que se le había formulado durante el tiempo que ella misma se dio para dar respuesta a las reclamaciones que presentaron los trabajadores, de forma que a partir de la conclusión de ese término el trabajador debería iniciar una nueva reclamación frente a la demandada. Por ello, el plazo de prescripción debe contarse desde que finalizaron los 16 meses indicados
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Pamplona/Iruña
  • Ponente: HUGO MANUEL ORTEGA MARTIN
  • Nº Recurso: 285/2022
  • Fecha: 27/10/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Coruña (A)
  • Ponente: CRISTINA MARIA PAZ EIROA
  • Nº Recurso: 7318/2022
  • Fecha: 27/10/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Procedimiento para compensar a las concesionarias de servicios públicos regulares de transporte de viajeros por carretera de uso general. Como recordó esa orden en sus antecedentes de hecho, si bien el principio general de contratación imponía la aplicación del principio de riesgo y ventura del concesionario, la prestación de los servicios de transporte regular por carretera presenta singularidades, como la del precio, ya que los pliegos rectores contemplan la previsión de ingresos mediante el abono de tarifas por parte de los usuarios, pero también, en una gran parte, compensaciones económicas por obligaciones de servicio público que abona directamente la administración y que complementan los ingresos procedentes de la venda de billetes a los usuarios. Por ello, ante la presencia de situaciones excepcionales e imprevisibles, se adoptaron medidas excepcionales para evitar el perjuicio que a las concesionarias les produjo la notable reducción de los desplazamientos de la población. No obstante, la norma impuso que no podrán obtener las compensaciones económicas que se prevén en esta orden aquellas concesionarias que, en alguna de las fases del procedimiento de contratación, dispusiesen o tuviesen acceso a un contrato swap sobre petróleo o derivados del petróleo, o cualquiera otro instrumento financiero que tenga por objeto minorar el riesgo derivado de la variabilidad de los precios del gasóleo. Lo que era el caso de la recurrente.
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Social
  • Municipio: Santander
  • Ponente: ELENA PEREZ PEREZ
  • Nº Recurso: 587/2023
  • Fecha: 27/10/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Social
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: MARIA OFELIA RUIZ PONTONES
  • Nº Recurso: 333/2023
  • Fecha: 27/10/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: JUAN LUCAS UCEDA OJEDA
  • Nº Recurso: 1092/2022
  • Fecha: 27/10/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia

Parece que no tiene configurado el plugin para ver el pdf embebido... puede descargar la resolución aquí.